Operaciones de Submaquila

Consiste en la transferencia de una parte de la obligación contractual originalmente pactada por la maquiladora a una tercera empresa. Estas operaciones serán autorizadas cuando se trate de un complemento del proceso productivo de la actividad objeto del programa, para posteriormente reintegrarlo a la maquiladora que contrató el servicio para su exportación.

Fuente: INEGI

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